Autor: Roberto C. Novo Martín
Fuente documentos: Catastro de Ensenada. Portal de Archivos Españoles (PARES)
Ver documentos digitalizados del Catastro de Ensenada de Laguna de Duero.
Continuando con la historia de Laguna de Duero y con el artículo sobre el Catastro del Marqués de la Ensenada, pasamos a reproducir el contenido del mismo, para poder conocer algo más sobre la historia de nuestro municipio.
En esta primera entrega se recoge la transcripción, hasta la pregunta quince incluida, de lo que se plasmó en este legajo en el mes de mayo de 1752.
Antes de entrar en las respuestas a las preguntas, y como resumen inicial, situamos algunos aspectos que se deducen de su contenido.
Denominación: En primer lugar destaca que entonces, finales del siglo XVIII, la localidad se llamaba Laguna, no teniendo entonces el apellido «de Duero».
Personajes: También se observan algunos nombres propios, como el cura párroco en aquel momento (D. Joseph de Blas), o el del alcalde de la villa (Francisco Gómez Cabezudo), con funciones de presidir el Ayuntamiento, mantener el orden, administración municipal, etc., y también el regidor (Joseph Llanos), que tenía como cometido el abastecimiento de la población y la administración de intereses económicos, y colaboraba con el alcalde en la cobranza de contribuciones y repartimientos, etc. Otros nombres que nos encontramos son los de peritos que se nombraron para contestar a estas respuestas generales y que eran vecinos de Laguna de Duero: Francisco Gerbas, Nicolás Agudo, Thomas Gerbas y Luis Gómez Cabezudo.
Otro personaje relevante recogido en estas primeras páginas es la vizcondesa de la villa Dña. o María de la Portería Esquina y Gasca, a la postre Marquesa de la Vega de Boecillo por herencia de su padre. Por lo que vemos que Laguna pertenecía al marquesado de Boecillo.
Extensión: Que el territorio que ocupaba esta villa en ese momento era de una legua y media por tres cuartas, lo que traducido al sistema métrico actual es de 36,55 km2. De lo que de tierra de cultivo hablan de 6.000 obradas (1 obrada 4.000 m2), por lo que serían 24 km2.
Los principales cultivos eran los cereales, las algarrobas, garbanzos y melones, el guisante y el viñedo.
Cultivos: Los frutos que se recogían en aquel entonces eran la mayoría cereales, como trigo, cebada, centeno y avena. Se plantaban también algarrobas, garbanzos y melones. Y uno de los alimentos que se sembraban y que se ha mantenido hasta nuestros días, gracias a las huertas que se han implantado principalmente con la construcción de la acequia sobre el 1904, es el guisante, del que podríamos decir que tiene su historia en Laguna. También en su día existían viñedos, de los que nos dicen que había mil aranzadas de tierra de este cultivo, o lo que es lo mismo 770 obradas, a datos de hoy en día 4,5 km2.
Los tributos que pagaban los vecinos eran la alcabala, el diezmo y la primicia
Tributos: Sobre impuestos, a parte de la alcabala que se daba a la vizcondesa, que era de 2.000 reales de vellón al año, se recaudaban el diezmo y primicia. El diezmo se re repartía entre el Cabildo de la Diócesis de Palencia, de quien dependía en ese momento Laguna de Duero, el cura y beneficiados de la villa de Laguna, y el Monasterio de San Benito de Valladolid y su fábrica. De la primicia se aprovechaban, como era costumbre, el cura de la villa de Laguna y sus beneficiados y la fábrica de San Benito.
Pasamos a ver el texto, junto con comentarios explicativos, al pie del artículo, de lo que significan algunos términos.
Nota: se ha realizado una transcripción literal del Catastro. No obstante, puede haber, aunque mínimo, algún error, debido a la dificultad para entender la caligrafía. Se ha situado en primer lugar la fotografía de cada página del Catastro (se puede ampliar haciendo click sobre ella), y a continuación la transcripción.
Página 1:

Página1: Corresponde a la microfilmación realizada por el CECOMi sobre las Respuestas Generales depositadas en Simancas e individualizada por pueblos según el Catastro
“Interrogatorio y copia”
De las respuestas generales, de la operación catastral de Laguna.
Página 2:

Página 2: Corresponde a la microfilmación realizada por el CECOMi sobre las Respuestas Generales depositadas en Simancas e individualizada por pueblos según el Catastro
En la referida villa de Laguna, el mismo día seis de mayo de dicho año, en fuerza de lo mandado por el auto que antecede, proveído este día por el señor D. Julián Amorín de Velasco, del Consejo de Su Majestad e Intendente General del Ejército, y vecino de Mallorca. Estando en su posada con los cinco subdelegados explicados en el citado auto. Y a su presencia D. Joseph de Blas, cura propio de la iglesia parroquial de esta referida villa, Francisco Gómez Cabezudo y Joseph Llanos, alcalde y regidor por el estado general de ella, y yo, el enviado de su número y ayuntamiento. Estando así juntos, al mandato de dicho señor intendente, ley, a la letra del Real Decreto expedido por Su Majestad (dios le guarde), que da (sigue)

Páginas 3 y 4: Corresponde a la microfilmación realizada por el CECOMi sobre las Respuestas Generales depositadas en Simancas e individualizada por pueblos según el Catastro
Página 3:
principio a la nominada Real Instrucción y los capítulos segundo, cuarto y séptimo de ella, y enterados de su contesto, respondieron el referido D. Joseph de Blas, está pronto asistir a este auto, y los demás conformes, obedecían con todo respeto dichas reales ordenes, como de su rey y señor natural. Y que entendidos de ellas y en su capítulo cuatro nombraban y nombraron por peritos, para todo lo que se precie de esta hacienda del campo y lo demás que ocurra, a Francisco Gerbas y Nicolás Agudo, Intendentes de su señoría por la respectiva Real Hacienda, a Thomas Gerbas Procurador General de esta villa, y a Luis Gómez Cabezudo, todos vecinos de esta villa, como personas y conocedores de las circunstancias prevenidas en dicho capítulo cuatro. Quienes luego (sigue)
Página 4:
concurrieron a la presencia de dicho señor Intendente para el efecto referido, que junto a dicho alcalde, regidor y peritos, por antemano el dicho escribano de esta comisión, de ellos y de cada uno, tomo y prestó juramento por dios nuestro señor, y una señal de cruz le hicieron en forma, y bajo de él prometieron decir verdad de lo que supiesen y les fuese preguntado, y siéndolo a tenor de las preguntas del interrogatorio que se hallen en dicha Real Instrucción señalada con la letra A.
Queda por cabeza, se dio principio a evacuar las enunciadas preguntas por su orden y en la forma siguiente:
Pregunta 1.- Cómo se llama la población
A la primera pregunta. Dijeron se llama la villa de Laguna
Pregunta 2.- Si es de realengo o de señorío, a quién pertenece, qué derechos percibe y cuánto produce.
A la segunda. Dijeron ser de señorío, y que pertenece a Dña. María de la Portería Esquina (sigue)

Páginas 5 y 6: Corresponde a la microfilmación realizada por el CECOMi sobre las Respuestas Generales depositadas en Simancas e individualizada por pueblos según el Catastro
Página 5:
y Gasca (a), Vizcondesa de esta villa, que se halla menor de edad y bajo la tutela y cuidado de su madre, la marquesa viuda de la Vega, y los derechos que percibe son el de alcabalas (b), dos medios por cientos, y servicio ordinario y extraordinario, y por todo ello la satisfacen la cantidad en cada año de dos mil reales de vellón (c) indistintamente.
Pregunta 3.- Qué territorio ocupa el término, cuánto de levante a poniente y del norte al sur, y cuánto de circunferencia, por horas, y leguas, qué linderos o confrontaciones; y qué figura tiene, poniéndola al margen.
A la tercera. Dijeron que el término de esta villa desde levante a poniente tiene de largo legua (d) y media poco más o menos, y desde el norte al sur tres cuartos de legua, y de circunferencia cuatro leguas, y por horas lo mismo, regulando hora por legua. Y que por dicho levante confronta con el término de la ciudad de Valladolid y lo mismo por el poniente, y por el norte (e) y medio día el río Duero.
Pregunta 4.- Qué especies de tierra se hallan en el término; si de regadío y de secano, distinguiendo si son de hortaliza, sembradura, viñas, pastos, bosques, matorrales, montes, y demás que pudiere haber, explicando si hay algunas que produzcan más de una cosecha al año, las que fructificaren sola una y las que necesitan de un año de intermedio de descanso.
A la Cuarta. Dijeron que todas las piezas (sigue)
Página 6:
de dicho término, son de secano y se componen de sembradura, viñas, pastos, pinar, y un bosque cercado de cantería, propio de Su Majestad. Y que las referidas tierras de sembradura producen un año sí y otro no, a excepción de algunas en que accidentalmente se siembran en el año de hueco, melones, garbanzos y guisantes, por diferentes particulares, no dueños de las tierras, a los que se las dan, graciosamente, por el beneficio que logran. Las mismas tierras con esta siembra, de cuya utilidad, no pueden hacer juicio alguno.
Pregunta 5.- De cuántas calidades de tierra hay en cada una de las especies que hayan declarado, si de buena, mediana e inferior.
A la quinta. Dijeron que las especies de tierra que hay en el referido término son de buena, mediana e inferior calidad.
Pregunta 6.- Si hay alguno plantío de árboles en las tierras que han declarado, como frutales, moreras, olivos, higueras, almendros, parras, algarrobos, etc.
A la sexta. Dijeron que solo hay en dicho término, árboles frutales y el nuevo plantío, (sigue)

Páginas 7 y 8: Corresponde a la microfilmación realizada por el CECOMi sobre las Respuestas Generales depositadas en Simancas e individualizada por pueblos según el Catastro
Página 7:
hecho expresamente por orden de Su Majestad.
Pregunta 7.- En cuáles de las tierras están plantados los árboles que declararen.
A la séptima. Dijeron que dichos árboles frutales están plantados en cuatro pedazos de viñas, y el nuevo plantío que es de álamos blancos y negrillos en un erial (f) del Consejo de esta villa.
Pregunta 8.- En qué conformidad están hechos los plantíos, si extendidos en toda la tierra o a las márgenes, en una, dos, tres hileras, o en la forma que estuvieren
A la octava. Dijeron que dichos árboles frutales están plantados sin orden y son extendidos en la tierra, y los del nuevo plantío en hilera.
Pregunta 9.- De qué medidas de tierra se usa en aquel pueblo: de cuántos pasos o varas castellanas en cuadro se compone, qué cantidad de cada especie de granos de los que se cogen en el término se siembra en cada una.
A la novena. Dijeron que el nombre de medida que se quiere usar en esta villa por lo que mira a tierras de sembradura es el de obrada (g), y que cada una se compone de seiscientos estadales (h) y estos de diez tercios que hacen tres varas y tercia castellanas (i), y que en las que siembran de trigo de buena calidad se echan veinticuatro celemines (j), y de cebada (sigue)
Página 8:
en la misma especie de tierra cuarenta y ocho, y en las de segunda calidad dieciocho de trigo morcajo (k). Y en la ínfima doce de centeno, y en las que se siembran de algarrobas en la misma especie de tierra ínfima, otros doce celemines.
Pregunta 10.- Qué número de medidas de tierra habrá en el término, distinguiendo las de cada especie y calidad, por ejemplo, tantas fanegas, o del nombre, que tuviese la medida de tierra de sembradura de la mejor calidad, tantas de mediana bondad y tantas de inferior; y lo propio en las demás especies que hubieren declarado.
A la décima. Dijeron que en dicho término, consideran habrá seis mil obradas poco más o menos. Y que de estas se siembran de primera calidad para trigo y cebada ciento cincuenta obradas, las ciento de trigo y las cincuenta de cebadas. Y de segunda calidad para morcajo trescientas obradas. Y de ínfima para centeno y algarrobas quinientas obradas. Y de viñas mil aranzadas (i), que ocupan setecientas sesenta obradas de tierra, y de buena calidad de dichas mil aranzadas (sigue)

Páginas 9 y 10. Corresponde a la microfilmación realizada por el CECOMi sobre las Respuestas Generales depositadas en Simancas e individualizada por pueblos según el Catastro
Página 9:
cuatrocientas sesenta y tres, y de segunda doscientas, y de inferior calidad trescientas treinta y siete. Y de pinar doscientas cincuenta obradas. De prados ciento sesenta y cuatro. De una laguna que hay en el referido término, ciento treinta obradas. El bosque de Su Majestad doscientas obradas. De era ciento cincuenta. El nuevo plantío dos. Lo que ocupa la situación del Convento de Nuestra Señora de Escalaceli del Abrojo, recolección de la seráfica orden de nuestro Padre Señor Francisco, y huertas próximas a dicho convento que se hallan miradas, cuarenta obradas. Y la restante porción de eriales, laderas, caminos, (sigue)
Página 10:
sendas y barrancos.
Pregunta 11.- Qué especies de frutos se cogen en el término
A la undécima. Dijeron que las especies de frutos que se cogen en el término son trigo, cebada, centeno, algarrobas, garbanzos, melones, avena y guisantes.
Pregunta 12.- Qué cantidad de frutos de cada género, unos años con otros, produce, con una ordinaria cultura, una medida de tierra de cada especie y calidad de las que hubiere en el término, sin comprender el producto de los árboles que hubiese.
A la duodécima. Dijeron que las tierras de primera calidad del citado término producen con una ordinaria cultura, dos cargas (m) y media de trigo que son diez fanegas (n). Y de cebada siete cargas que hacen veintiocho fanegas. Las de segunda calidad sembradas de morcajo, dos cargas que son ocho fanegas. Y la de tercera calidad de centeno o algarrobas, una carga que hacen cuatro fanegas. Y que la obrada de trigo de buena calidad, da al año carro y medio de (sigue)

Páginas 11 y 12. Corresponde a la microfilmación realizada por el CECOMi sobre las Respuestas Generales depositadas en Simancas e individualizada por pueblos según el Catastro
Página 11:
paja, la de cebada dos carros, y la de segunda calidad medio carro. Y que lo que da la tercera, ínfima, solo sirve para abono. Todo considerado por un quinquenio. Y cada aranzada de viñas de la primera calidad, catorce cántaros (ñ) el mismo. De la segunda siete, y de la tercera cinco cántaros.
Pregunta 13.- Qué producto se regula darán por medida de tierra los árboles que hubiere, según la forma en que estuviese hecho el plantío, cada uno en su especie.
A la décimo tercera. Dijeron que respecto de no estar hecho el plantío de árboles por medida, se remiten a lo que resultase y regulase su utilidad, en el auto del reconocimiento.
Pregunta 14.- Qué valor tienen ordinariamente un año con otro los frutos que producen las tierras del término, cada calidad de ellos.
A la décimo cuarta. Dijeron que el valor que tienen ordinariamente un año con otro la fanega de trigo son doce reales, la de morcajo nueve, la de centeno (sigue)
Página 12:
y de algarrobas cinco y medio, la de cebada cuatro y medio. Y cada cantara de vino tres reales y medio. Y cada carro de paja seis reales de vellón.
Pregunta 15.- Qué derechos se hallan impuestos sobre las tierras del término, como diezmo, primicia, tercio-diezmo u otros; y a quién pertenecen.
A la décimo quinta. Dijeron que los derechos que se hallan impuestos para las tierras del término, es el de diezmo (o) y primicia (p), del que se recoge de diez uno. Y de dichos diezmos pertenece un tercio entero al Cabildo de la Santa Iglesia de Palencia. Otro tercio entero al cura y beneficiados de la iglesia de esta villa, del que se hacen tres partes y media, y las tres partes las perciben los dichos beneficiados y la media el cura. Y el otro tercio restante pertenece al Real Monasterio de San Benito de la ciudad de Valladolid dos partes (sigue)

Páginas 13 y 14: (solo pregunta 15). Corresponde a la microfilmación realizada por el CECOMi sobre las Respuestas Generales depositadas en Simancas e individualizada por pueblos según el Catastro
Página 13:
y la otra a la fábrica de la iglesia de esta dicha villa. Y la primicia que es media fanega, se saca esta de cada labrador y de todas las especies, siempre que lleguen a once medias de lo que de ellas se coja. Cada primicia la perciben los dichos cura y beneficiados, y la primicia del vino, que es de once cantaras, una la percibe la fábrica de la explicada Iglesia.
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Notas explicativas:
(a). La Vizcondesa de esta villa, Dña. María de la Portería Esquina y Gasca, a la postre Marquesa de la Vega de Boecillo, fue casada poco después de 1759 con Don Cristóbal, Marqués de Villa-Sydro y tercer Conde de Suma-Carcel, y tuvieron dos niñas.
(b). Alcabala, era el impuesto más importante de la Corona de Castilla junto con el diezmo, y gravaba el volumen de las ventas, tanto de muebles como inmuebles. Era el que más ingresos producía a la hacienda real.
(c). Vellón es el nombre que recibe la aleación de cobre y plata con la que antiguamente se fabricaban algunas monedas, como los reales de vellón, que fueron creados durante el reinado de Carlos II en 1686 con un valor equivalente a 34 maravedíes de cobre.
(d). La legua es una antigua unidad de longitud que expresa la distancia que una persona, a pie, o en cabalgadura, pueden andar durante una hora. Dado que una persona recorre normalmente a pie una gama de distancias, la legua abarca normalmente distancias que van de los 4 a los 7 km. La legua castellana se fijó originalmente en 5.000 varas castellanas, es decir, 4,19 km, quedando establecida en el siglo XVI como 20.000 pies castellanos, es decir, entre 5,572 y 5,914 km.
(e). Se entiende que la explicación aquí no es muy correcta, ya que el río Duero está en el sur del municipio, y lo que quiere decir es que “el municipio está al norte del río Duero”.
(f). Erial, es una tierra o campo sin cultivar ni labrar.
(g). Obrada, es una medida agraria tradicional de superficie utilizada en Castilla hasta la instauración del sistema métrico decimal, equivale a 4.000 metros2 en el norte de la provincia de Ávila, sur de la provincia de Valladolid y oeste de Segovia, a excepción de Cuéllar y algunas localidades limítrofes, donde la obrada equivale a 5.000 m². Dos obradas y medias castellanas equivalen a una hectárea.
(h). Estadal, medida superficial o agraria que tiene 16 varas cuadradas y equivale a 11 m, 17 dm y 56 cm 2, en Castilla 576 estadales cuadrados equivalen a una fanega o 64,596 áreas.
(i). Vara castellana. La vara es una de las antiguas medidas españolas, en el que una unidad de longitud equivale a 3 pies. La más empleada era la vara castellana o vara de Burgos, de 0,835905 m, tres veces el pie castellano de 0,278635 m.
(j). Celemines, medida de capacidad o superficie. En caso de capacidad en Castilla equivalía a poco más de 4,6 dm³ (litros), y para superficie de los terrenos agrarios, correspondía a unos 537 m².
(k). Morcajo, es una mezcla de trigo y centeno. Con esta práctica, los agricultores quedaban asegurados en el caso de que uno de los cereales, no prosperara por enfermedad o por incidencias meteorológicas.
(l). Aranzada, es una unidad agraria de superficie que se utilizaba en algunas partes de España antes de que fuera obligatorio el sistema métrico decimal. Varía según las regiones. En Castilla correspondía a 4.472 metros cuadrados.
(m). Carga, es una unidad de medida de volumen equivalente a 4 fanegas. En Castilla equivalía a aproximadamente a 48 celemines. Media carga hacía 24 celemines (unos 85-90 kg o un saco).
(n). Fanega, e tanto una unidad de volumen o capacidad, como una unidad de superficie. Se utilizaba para medir productos agrícolas (especialmente cereales) o áridos, y fincas agrícolas. Se divide en dos cuartos, cuatro cuartillas o doce celemines. Según el marco de Castilla, la fanega como unidad tradicional de volumen o capacidad equivale a 55,5 litros. Como unidad tradicional de superficie agraria, equivale a 10 000 varas cuadradas (100 x 100 varas, siendo 1 vara = 0,835905 metros.
(ñ). Cántara, medida de volumen para medir el vino. En Castilla, el moyo eran 16 cántaras o arrobas de vino; la cántara o arroba, 8 azumbres; la azumbre, 4 cuartillos; y el cuartillo, 4 copas. Una cantara o arroba eran 16,133 litros de vino.
(o). Diezmo, es un impuesto del 10% que se debía satisfacer a diferentes estamentos como iglesia o señoríos (estos consiguieron en España una parte de la recaudación, por diferentes motivos, a partir de la edad media), que se abonaba en razón de obtener alguna contraprestación como contribuyente, y referido a la producción o al comercio. El que fuese el 10%, en un contexto histórico cristiano, evocaba a que los diez primeros productos eran para dios, evocando a los diez mandamientos. En España se pagó hasta 1836, y se debía de hacer obligatoriamente y bajo pena de excomunión en su omisión.
(p) Primicia, en origen era la ofrenda que se entregaba a las divinidades por las cosechas o primeras crías. Se convirtió a lo largo de los siglos en un verdadero impuesto que se pagaba a la iglesia por esos primeros productos que se obtenían.
Excelente trabajo
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Estimado Roberto:
Antes que nada quiero felicitarle sobre su trabajo, que me parece interesantísimo
También me gustaría saber si ,como he visto en otras localidades, en el Catastro de Ensenada de Laguna se citan uno a uno los vecinos de la localidad incluyendo su pertenencia al estado noble o al de pecheros.
Tengo especial interés en el mencionado perito Nicolás Agudo, porque en sus resúmenes no aparece su profesión ni su salario no sus propiedades.
¿Podría ayudarme?
Un cordial saludo.
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Buenas tardes Ignacio. No tenemos actualmente más información que lo expuesto en los artículos. El Catastro está en el Ayto de Laguna y podría pedir revisarle con fines de investigación, aunque no se si le pondrán pocas o muchas pegas como a nosotros. Creo recordar que en algún punto había algún listado, pero después varios años se me escapa de la memoria. Un saludo.
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