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El escudo y la bandera de Laguna de Duero

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Teodoro San José García

Teodoro  San José García

El Escudo de Laguna de Duero

La adopción de un escudo para Laguna tuvo su origen en la fundación de la revista local «Nuevo Laguna» en el año 1971. Fue aprobado en 1976 y fue modificado en 1977 y 1982, con el objeto de adaptarse a la legislación estatal.

La adopción de un escudo para nuestra población tuvo su origen en la fundación de la revista local «Nuevo Laguna» en el año 1971. Partiendo de un boceto original de D. Timoteo Herrero Herrera, el dibujante D. Juan Antonio Salcines realizó un dibujo como primer escudo heráldico, que se comenzó a imprimir en la revista como seña de identificación en su portada.

Aquel, estaba constituido por dos partes: El escudo en sí y un águila real que lo timbraba

El escudo estaba formado por cuatro cuarteles distribuidos de la siguiente forma:

En la parte superior, en el 1º, la ermita de Ntra. Sra. del Villar y en el 2º, al fondo, un labrador arando a mulas, y en el ángulo inferior derecho una rueda dentada.

Los dos cuarteles de la parte inferior se diseñaron de la siguiente manera:

1º- La Laguna con patos y espadañas. 2º- La imagen de Ntra. Sra. del Villar.

El águila real, en actitud de remontar el vuelo, recogía el escudo y se adornaba con una banda entrelazada por las alas que contenía el texto «LAGUNA DE DUERO».

La necesidad de su legalización, para poder ser estampado en documentos oficiales, o adaptarlo con arreglos de las normas heráldicas, hizo que fuera solicitado por el Sr. director de la revista y el, en ese momento, Sr. Concejal de Cultura, D. Timoteo Herrero, adoptándose el correspondiente acuerdo en sesión celebrada el día 29 de Noviembre de 1.973. A partir de entonces se iniciaron las gestiones con el Cronista Rey de Armas de Madrid, D. Vicente de Cadenas y Vicent, así como la recopilación de documentos necesarios, que dieron como resultado el actual Escudo Heráldico de Laguna de Duero, según Decreto 240/1976 de 23 de Enero de 1976 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 1 de marzo de 1.976.

De modo anecdótico, se debe mencionar que el día 31 de Agosto de 1.975 se bendijo el Escudo Heráldico que se había construido al efectuar las obras de reforma y pavimentación de la Plaza Mayor, si bien se tenía autorización gubernamental para la ejecución de las mismas, anticipándose de esta forma su uso y publicidad a la fecha de la definitiva autorización y adopción del actual Escudo, que a continuación, y para mayor conocimiento e historia, se relata de forma íntegra, con la Memoria del Proyecto de Escudo de Armas Municipal redactado por el ya referido D. Vicente de Cadenas y Vicent, quien llegó a la conclusión «…que la importancia del Bosque mandado fundar posiblemente antes que los Reyes Católicos, es decisiva en la historia local, y realizadas consultas en la Real Academia, y por ello y siguiendo el criterio, para la creación de Armas, me he inclinado a la formación del escudo en dos cuarteles, el primero que refleja la constitución de ese Bosque Real, quizá el primero de España, y el segundo la laguna heráldica, como armas parlantes…(Carta dirigida al SR. Alcalde en fecha 14-Febrero-1974).»

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Escudo de Laguna de Duero

De igual forma a continuación se reproduce el texto íntegro de la propuesta referida por D. Vicente de Cadenas y Vicent.

Proyecto de escudo de armas para el Ayuntamiento de Laguna de Duero

«El Ayuntamiento de Laguna de Duero, en la provincia de Valladolid, desea y pretende el uso de Armas Municipales que le distingan y diferencien de los demás Ayuntamientos españoles, cumpliendo de esta manera las disposiciones dictadas por el Ministerio de la Gobernación en diferentes épocas y ocasiones a partir de las Reales Ordenes referentes a la materia de fechas 16 de Julio de 1.846 y 30 de Agosto de 1.876.

Para buscar antecedentes con relación a las posibles Armas del referido Ayuntamiento, se han consultado en el Archivo Histórico Nacional de Madrid, las Secciones de Sigilografia en sus Series de Sellos Originales e Improntas, Clero Secular y Regular, Concejos Suprimidos, Estado y Ordenes Militares; en el Archivo General de Simancas las de Hacienda, Gracia, Justicia y Estado, los fondos heráldicos que se conservan en el Archivo del Palacio Real de Madrid. La «Descripción de los Pueblos de España», cuyo original se conserva en el Monasterio de San Lorenzo de El Escorial.

La Sección de Protocolos y la Sala de Hijosdalgo del Archivo de la Real Chancillería de Valladolid; los fondos que se conservan en la Biblioteca de la Real Academia de la Historia, referentes a pueblos de España, El Catastro del Marqués de Ensenada, relativo a la provincia de Valladolid, y los fondos que se custodian en los propios Archivos Parroquial y Municipal de Laguna de Duero.

En varias de las Secciones aludidas y que se han estudiado con detenimiento, existen más o menos antecedentes relativos a la historia de la localidad.

En el Archivo de Simancas y dentro de su Sección del Patronato Real, se conserva una carta de 31 de diciembre de 1575, de D. José del Castillo al secretario Vázquez sobre encabezamiento de las Villas de Olivares, Boecillo, Laguna, Villanueva de San Mancio y Zaratán en el Infantazgo de Valladolid y Valviadero con la jurisdicción de Olmedo, curiosa por constituir el primer documento conocido en que se da título de Villa a la Población objeto de este estudio.

Igualmente, en la misma Sección se conservan una serie de papeles producidos entre el 23 de febrero de 1544 y el 20 de agosto de 1555, que documentan el hecho de la adquisición de diferentes terrenos en términos municipales de Laguna, para convertirlos en finca de recreo y bosque real, siendo el primero de estos importantes papeles una transacción que, en virtud de Cédula Real, hizo el licenciado Palomares de las tierras que había en Valladolid, desde el cercado de la Casa Real del Abrojo hasta el puente del río Duero, para incorporarlas al bosque que Su Alteza había mandado hacer, y tienen importancia histórica los fondos señalados, ya que nos hablan de una de las primeras repoblaciones con especies industriales y suficientemente documentadas de que se tiene noticia en España. Este Bosque Real, que a mediados del pasado siglo todavía contenía gran cantidad de resinosas y frondosas, estaba exactamente situado dentro de la gran cerca de piedra de sillería con cubos y almenas y una hermosa portada con las armas de los Reyes Católicos que puede verse a lo largo de la carretera nacional de Adanero-Gijón, inmediatamente al río Duero. Pero a pesar del indudable interés histórico-económico de estos datos, no se contiene, en los aludidos documentos, noticia alguna de carácter heráldico sobre unas posibles Armas de Laguna de Duero.

En el Archivo de la Real Chancillería de Valladolid, Sala de Hijosdalgo, Sección de Pleitos de Concejos y Entidades, se conserva un documento que recoge los Autos hechos en el año 1719, para saber los hijosdalgo recibidos desde 20 años antes, en las villas de Valdestillas, Boecillo, Laguna, Renedo y Trigueros, pero tampoco este documento suministra noticia alguna de carácter heráldico.

Tampoco se han encontrado noticias de carácter heráldico referentes a la villa de Laguna de Duero en las Secciones de Clero Secular y Regular, Inquisición, Ordenes Militares y Concejos Suprimidos del Archivo Histórico Nacional, donde por otro lado, nada de interés existe relativo al municipio que nos ocupa.

En cambio en la Sección de Sigilografía del indicado Archivo en su serie de Sellos Municipales (Improntas), existe uno correspondiente al sello utilizado por la Alcaldía de Laguna de Duero y remitida con oficio de 26 de enero de 1877 por el entonces Alcalde D. Mateo Sanz y consiste en un escudo con las Armas Reales de España.

En el Archivo Parroquial de Laguna de Duero se conserva una serie de Cartas Reales y traslados de los mismos hechos por Escribano Público, concediendo Privilegios al antiguo lugar y hoy Villa de Laguna de Duero. Estos documentos importantísimos para la historia de Laguna y aún de interés para la de la nación, ponen de manifiesto, la especial consideración y afecto con que la villa fue mirada antiguamente por los Reyes, primero de León y Castilla y luego de España, y dan una serie de noticias con las que se pueden reconstruir la evolución del municipio que estudiamos, y la importancia que en su desarrollo tuvieron determinadas personas e instituciones.

Así sabemos que en su origen fue aldea de la Villa de Valladolid, que Juan II le concedió un notable privilegio, tanto en consideración a los méritos de sus moradores, cuanto en devoción al entonces importante Convento del Abrojo de Franciscanos Menores Observantes, enaltecido por haber vivido en él San Pedro Regalado; en dicho Privilegio, cuyo contenido fundamental se recoge en una confirmación del mismo, por los Reyes Católicos, fechado en Valladolid a 8 de Abril de 1.475, del que se conserva un traslado auténtico en el Archivo Parroquial de la Villa, Juan II eximió a los vecinos del lugar de Laguna, aldea de la villa de Valladolid, de velas, rondas, guías, ballesterías, empréstitos, aposentamientos, ballesteros, lanceros y otros pechos.

Posteriormente Enrique IV, por Privilegio fechado en Valladolid a 19 de abril del año de Jesucristo de 1.496, en consideración igualmente a los méritos de los moradores, para que el lugar fuera siempre poblado y ennoblecido y por hacer bien a la Casa del Abrojo, teniendo en cuenta las grandes limosnas de que los vecinos de Laguna hacían objeto a los frailes del indicado convento, eximió a los vecinos de Laguna y a los que fuesen allí a poblar, procedentes de lugares y Villas de Señorío, o que reuniesen ciertas circunstancias que en el Privilegio se detallan, la exención de toda clase de pedidos y monedas, cuyo Privilegio fue confirmado por los sucesivos Reyes de España hasta Fernando VII, conservándose dichas confirmaciones en el Archivo Parroquial de la Villa, pero sin que en el mencionado Archivo, ni en el de la villa, exista antecedentes heráldicos relativos al Ayuntamiento que nos ocupa.

Posteriormente fue vendida como Villa realenga por Felipe IV, con otros muchos lugares de su Corona y adquirida por D. Alonso Neli Rivadeneira en virtud de Privilegio dado en Madrid el 31 de diciembre de 1.661, pasando los derechos trasmitidos a la Marquesa de la Vega, la cual tenía solamente Las Alcabalas, primero y segundo uno por ciento y el servicio ordinario y extraordinario, en el momento de hacerse el Catastro ordenado por el Marques de Ensenada en 1.750, a consecuencia de que los demás tributos habían sido suprimidos para los vecinos de Laguna en virtud de los Privilegios anteriormente citados.

Como consecuencia de todos los fondos consultados se llega a la conclusión de que el Municipio de Laguna de Duero, en la provincia de Valladolid, carece de Escudo propio y que nunca lo ha poseído.

La inexistencia de Armas nos obliga a considerar los antecedentes históricos, geográficos y económicos que puedan tener determinado significado y con lo que se pueda proceder a la organización y ordenación de un proyecto de Escudo Municipal para el Ayuntamiento de Laguna de Duero.

Geográficamente hablando es claro que el accidente natural de más relevancia dentro del término municipal y que da además nombre al mismo, es la laguna salobre en proyecto de Desecación, conocida con la misma denominación que el municipio, la que mide un kilómetro de longitud por 350 metros de anchura y uno de profundidad.

Desde un punto de vista histórico y económico las vicisitudes de la villa de Laguna de Duero quedan más arriba expresadas y resumidas, siendo de notar la importancia de sus relaciones con el Convento del Abrojo de Franciscanos Menores Observadores, donde vivió San Pedro Regalado, patrono de la Archidiócesis de Valladolid, así como también cabe destacar en este aspecto y en el económico la existencia, dentro de su término, de un bosque real, repoblado con especies arbóreas de aprovechamiento industrial, fundado por los Reyes Católicos, cuyo escudo campea actualmente sobre la portada de acceso a la finca en que estuvo dicho bosque y acrecentado, como puede probarse documentalmente en tiempos de Carlos I, durante los años 1.554 y 1.555.

Teniendo en cuenta todos estos antecedentes, estimamos que las Armas del Municipio de la Villa de Laguna de Duero, en la provincia de Valladolid, deberían quedar representados en dos realidades geográfico-históricas: Por un lado la laguna, porque da nombre a la población, principal de las que se asientan en el término y cabeza de su Ayuntamiento, y por otro el Bosque Real mandado repoblar y aumentar por Felipe II en los últimos años del reinado de Carlos I y partiendo, como base para ello, de una finca que pertenecía al Patrimonio Real desde, al menos, los Reyes Católicos, por lo cual entendemos que esta realidad debería representarse en otro cuartel, en el que, sobre campo de púrpura recordando el Pendón Real de Castilla, figurasen un bosque de pinos, y una corona que expresara la pertenencia al Patrimonio Real de este bosque, asentado en el término de la localidad, con lo cual, se consigue la individualización de dicha villa, a través de sus Armas y una sencillez de las mismas, suficiente para evitar confusiones a la hora de reproducirlas.

En consecuencia las Armas de la Villa de Laguna de Duero en la provincia de Valladolid, quedan compuestas y organizadas de la siguiente forma:

ARMAS

Escudo cortado:

-Primero. En un campo de púrpura un bosque de cinco pinos de sinople (Verde) puestos en faja y «surmontados el central de una corona real cerrada de oro»; ésta corona real, sobre el pino central, fue suprimida por el Consejo de la Real Academia de la Historia según se prueba documentalmente, antes de aprobarse el proyecto definitivo.

-Segundo. En campo de plata, sobre ondas de azur (azul) y plata, tres matas de juncos de sinople.

Deberá timbrarse el Escudo de Armas del Ayuntamiento de Laguna de Duero, en la provincia de Valladolid, de una Corona Real de España, que es un círculo engastado de piedras preciosas, compuesto de ocho florones (cinco vistos) de hojas de acanto, interpeladas de perlas y de cuyas hojas salen otras tantas diademas, sumadas de perlas que convergen en un mundo de azur (azul) con el semimeridiano y el ecuador de oro, sumado de una Cruz de oro y la Corona forrada de gules (rojo).

Madrid catorce de Febrero de mil novecientos setenta y cuatro.»

La Ley 39/1981, de 28 de Octubre, regula el uso de las banderas y establece la colocación de las oficiales, y también recoge que se podrán colocar con su escudo en el centro del total del campo.

Con el Real Decreto 1511/1977, de 21 de Enero, que específica las medidas oficiales de las banderas, materiales a emplear, y tamaños y medidas, se vio modificado en parte mínima nuestro escudo. Finalmente al publicarse el 29 de Octubre de 1982 la obligatoriedad de adaptarse todas las banderas al modelo establecido en la Ley 39/1981, de 28 de Octubre, a la vez que se sustituye el águila con las alas por las columnas de Hércules en sus costados, el Escudo de la localidad queda determinado de la siguiente forma:

Escudo cortado de forma rectangular, cuadrilongo y redondeado por su parte inferior y en proporción de 5/6 de ancho y largo respectivamente.

ARMAS.

Cuerpo superior: Sobre un campo de gules (Carmesí) un bosque de 5 pinos de sinople (verde) puestos en faja, siendo montados sobre el central, por la Corona Real cerrada de oro.

Cuerpo inferior: En un campo de plata 2 ondas de azur (azul) y plata; y sobre ellas tres matas de juncos de sinople (verde).

Deberá estar presidido por la Corona Real de España como se ordena en el Real Decreto 1511/1977 de 21 de Febrero, que está descrita por un círculo engastado de piedras preciosas, compuesto de ocho florones (cinco vistos) de hojas de acanto, interpolados por perlas y de cuyas hojas salen otras tantas diademas, sumadas de perlas que convergen en un mundo de azur (azul), con el meridiano y el ecuador de oro, sumado de una cruz de oro y la Corona forrada de gules (rojo).

En cuanto a la simbología en él se detallan las características siguientes.

Cuerpo superior

– Campo de gules:

Pertenencia a Castilla, correspondiendo las virtudes de: Fortaleza (demostrada al pasar los años), Victoria (a favor del Rey Ramiro II de León, quien agradeció los apoyos realizados en la batalla de Simancas), Osadía (al haber participado en la rebelión de los Comuneros de Castilla), Alteza (demostrada ante el vasallaje a la corona de Castilla) y Ardid (por el buen hacer de sus gentes con el convento del Abrojo). Los portadores de este esmalte deberán defender doncellas (Obras Pías de Sebastian Ruiz de Enebro) y amparar huérfanos (Obra Pía del Villar y hospitales de huérfanos y madres solteras tutelados por la Marquesa y Vizcondesa de la Vega).

– Bosque de pinos:

Símbolo de la antigua y esclarecida nobleza de sus gentes, a la vez que representan los 5 pagos de pinares (Solafuente-Valles-Castillejo-Valdelimón- Antequera); representando el sinople (verde) la Esperanza, Fe, Amistad, Servicio y Respeto (virtudes avaladas por el convento del Abrojo) y sus portadores deben servir a su Soberano en el comercio y socorrer a los labradores.

El pino representa pensamiento noble y esclarecido, y por naturaleza (apta para arder), de un corazón fogoso en vengar ultrajes de familia (Pleitos del Concejo de Laguna).

Cuerpo inferior

– Campo de plata:

Refiere títulos Soberanos y nobles y caracteriza las virtudes de Pureza, Integridad, Obediencia, Firmeza, Vigilancia, Elocuencia y Vencimiento; integrando en todo ello las vicisitudes históricas de sus habitantes, así como la pertenencia de su término a la Corona y Marquesado, englobado todo ello por la propiedad Real del Bosque Real. Los que llevan plata en sus escudos están obligados a defender a las doncellas y huérfanos.

– Ondas de agua:

Representan la laguna y el río Duero, y simbolizan la sabiduría ilustrada y el ánimo virtuoso de sus habitantes, reconocidos en los distintos Privilegios Reales concedidos a la población.

Al alternarse con la plata detallan la extracción de sal por la Corona en las aguas de la laguna, a la vez que se recalca la laguna a través de 3 matas de juncos sobre las ondas de agua en sinople (verde), con lo que se refuerzan las virtudes de: Esperanza, fe, Amistad, Servicio y Respeto.

BANDERAS Y ARMAS

La bandera consiste en la tela de fondo y las armas lo constituyen el escudo.

No existe constancia documental en Laguna de Duero de que se haya utilizado en algún momento alguna bandera como distintivo o enseña.

No existe constancia documental en Laguna de Duero de que se haya utilizado en algún momento alguna bandera como distintivo o enseña que fuera distinta del tradicional pendón de Castilla, utilizado como estandarte del Reino y que se estableció como arma parlante del reino por Alfonso VIII en el año 1170, y que consistía en un paño rojo con un castillo de oro en el centro; pasando posteriormente al color rojo carmesí, constituyendo con ello el color emblemático de Castilla reconocido internacionalmente, al haber sido difundido y representado en diversas banderas hispanoamericanas y europeas en representación del Imperio Español incluso por la bandera de la propia España; así como en las posesiones comprendidas en el Sacro Imperio Románico Germánico del año 1541, al ser regido por Carlos I de España y V de Alemania.

La bandera carmesí representativa de Castilla, fue reconocida en al Concilio de León del año 1020, siendo recogidas y señaladas a partir de entonces en los Fueros y en las Cartas Pueblas, al indicar como debían acudir con sus señas los Concejos y como debían amparar a la seña del Rey; ocupándose Alfonso X ampliamente en las Partidas de las Señas, Pendones y Estandartes y recogido todo ello en la Ley XII del Título XXIII de la Segunda Partida y siguientes partidas referidas a las guerras.

La bandera como tal tomó naturaleza a partir del Real Decreto de 13 de octubre de 1843, dictado por Isabel II. Y posteriormente la ley 39/1981, de 28 de octubre, regula el uso y establece que podrán colocarse en las banderas oficiales el escudo de armas en el centro de las banderas; siendo el Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero, el que específica las medidas oficiales de las mismas, así como los materiales a emplear, finalizando el 20 de octubre de 1982 en que se ordena adaptar todas las banderas al modelo de 1981.

Independientemente al concepto legal de aprobación oficial de la bandera, ésta deberá aprobarse dentro de las normas dictadas por nuestra Heráldica municipal, de acuerdo a los principios establecidos en la Genealogía y Heráldica del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, quien, por orden del Ministerio de la Gobernación de 23 de marzo de 1956, solicitó a cada Ayuntamiento español que poseyera sus armas propias y que le diferenciaran de los demás, a través del Reglamento de 11 de mayo de 1952, y en la que se estableció que la clasificación de la Heráldica Municipal, según las recientes orientaciones de esta especialidad, quedaba determinada en las siguientes clasificaciones:

1º) ARQUEOLÓGICAS: que son todas aquellas que contienen elementos de carácter histórico o geográfico, comprendiendo las siguientes divisiones:

-Históricas: las fundamentadas en hechos históricos.
-Vasallaje: las que incorporan armas de los antiguos señores.
-Topográficas: alusivas a la geografía.
-Procedencia: que incorporan las armas del reino de que forma parte.
-Remotas o tradicionales: que se pierde su origen o han de tener cien años de antigüedad documentada.
-Agregación: a las antiguas y añadiendo otras nuevas.

2º) ADVOCATIVAS: las que contienen elementos de carácter religioso. Comprende las siguientes divisiones:

-Hagiográficas: figuras de imágenes o atributos de santos.
-Onomásticas: figuras representativas de nombre.

3º) GRÁFICAS: son aquellas que incluyen en su campo letras u otras expresiones de carácter gráfico. Comprende las siguientes divisiones:

-Alfabéticas: escudos o piezas en que se incluyen letras, motes o lemas.
-Jeroglíficas: las compuestas por jeroglíficos, números o letras en abreviatura.
-Anagráficas: las referentes a anagramas, fundamentalmente de Jesucristo y la Virgen.

4º) TOPOLÓGICAS: las formadas de elementos heráldicos de sentido alegórico y comprende las siguientes divisiones:

-Parlantes: las que aluden a la denominación.
-Alusivas: que aluden a actividades industriales o riqueza natural.
-Evocativas: que recuerdan acontecimientos.
-Nemotécnicas: cuyos elementos auxilian a la memoria para su Identificación.

-Rememorativas: que traen a la memoria alguna cosa.

5º) ARBITRARIAS: las que sin fundamento alguno se incluyen en el escudo, comprenden las siguientes divisiones:

-Caprichosas: las que obedecen a capricho.
-Extravagantes: las que no se ajustan a reglas ni figuras heráldicas.

Teodoro  San José García

4 pensamientos en “El escudo y la bandera de Laguna de Duero

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